Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba
Factor: Motivación
Esta sentencia es MUY IMPORTANTE, ya que es la primera sentencia con las bases de la convocatoria de 2016, que sufrieron un “imperceptible” cambio. Ademas ya que podemos ver la descripción de lo que ellos consideran el factor de “Motivación”
Antes de nada, un resumen rápido de este caso. El opositor se presentó a la oposición de la convocatoria de 2013. Suspendió en el reconocimiento medico. El opositor fue al contencioso y ganó. Tras no haberse evaluado su entrevista de la convocatoria de 2013, se ordenó realizarle una nueva, que se realizó en 2016 con las nuevas bases de la convocatoria y que “casualmente” suspendió. Nuevamente el opositor reclamó a la justicia, y nuevamente le dieron la razón
Este “cambio” no parece afectar al resultado del contencioso
Por otra parte, se recoge lo que entienden ellos por “motivación”
Se describe el factor motivacion como:
Se entiende como la voluntad de un sujeto en llevar a cabo un esfuerzo para alcanzar las metas y objetivos de su interés y que esta condicionado por la capacidad de esfuerzo que debe realizar.
La motivación implica estados internos que dirigen el organismo hacia metas o fines determinados; son los impulsos que mueven a la persona a realizar determinadas acciones y persistir en ellas para su culminación. Este termino está relacionado con “voluntad e interés” (Esta parte a fecha 12/04/2019 parece copiada de wikipedia, como minimo es un copia pega de algun libro psicologico) https://es.wikipedia.org/wiki/Motivaci%C3%B3n
La motivación, por tanto, vendría expresado por la acción o inacción que el sujeto realiza para satisface su motivación
Pasemos al caso:
La primera sentencia sobre el primer suspenso (Reconocimiento medico) sería la siguiente:
Nº de Recurso: 1158/2014 Nº de Resolución: 320/2016