Los tribunales empiezan a tumbar también las entrevistas de acceso a la Guardia Civil

Los tribunales empiezan a tumbar también las entrevistas de acceso a la Guardia Civil

octubre 5, 2020 Desactivado Por Anonimo
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Hasta ahora la mayor parte de los recursos contra la validez de esta prueba eran ganados por policías nacionales en los juzgados, que empiezan a estimar también al cuerpo hermano

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Los tribunales empiezan a invalidar las entrevistas de acceso a la Guardia Civil. El Confidencial ha tenido acceso a dos sentencias que obligan al Ministerio del Interior a admitir en el cuerpo a otros tantos aspirantes que habían sido rechazados en la última prueba, un ejercicio que ya ha sido duramente criticado por los juzgados en el marco de los exámenes de ingreso en la Policía Nacional en no pocas ocasiones, pero que en el caso de la Guardia Civil aún no había sido abordado del mismo modo. La última de las resoluciones tuvo lugar el pasado 24 de septiembre en Granada.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó el recurso de un opositor que había superado con holgura todos los ejercicios pero que fue rechazado en la entrevista final y el 22 de septiembre de 2017 los evaluadoreso decidieron dejarlo fuera de la Guardia Civil. El aspirante recurrió inicialmente ante la Dirección General, que declinó su protesta y obligó al afectado a acudir a la justicia. “En efecto, la resolución recurrida carece de suficiente motivación“, sentenció entonces el alto tribunal autonómico, que consideró que no quedó justificado el suspenso.

“El actor tomó parte en la fase de concurso y superó la de oposición con una puntuación de 8,78 en la prueba psicotécnica y un 113,45 en total; ambas resultan elevadas comparadas con los resultados de otros participantes que obran en el expediente”, describió el fallo judicial. “No resulta razonable que con la entrevista se llegue a un resultado distinto al de las pruebas psicotécnicas y que no se haya motivado en absoluto qué se ha apreciado en esa entrevista que no se hubiera recogido en la prueba psicotécnica”, agregó la sentencia, que criticó que ni siquiera existiera copia del controvertido ejercicio final en el expediente.

La resolución censuró asimismo que “los informes de los entrevistadores o de la junta de revision” no hicieran “referencia alguna a los criterios evaluadores”. “La falta de motivación expuesta es contraria tanto a las exigencias derivadas de las normas sobre procesos selectivos como a la jurisprudencia que las interpreta”, falló el Tribunal Superior de Andalucía, que también puso en evidencia los informes perciales. “Se examinó al actor realizándole distintas pruebas (hasta un total de 11…) y ello con el objetivo de estudiar los concretos aspectos en que la entrevista personal realizada durante el proceso selectivo había detectado carencias o deficiencias”, subrayó la resolución, emitida tras el recurso interpuesto por el abogado Antonio Suárez Valdés.

Guardias civiles recién salidos de la academia. (EFE)
Guardias civiles recién salidos de la academia. (EFE)

La otra sentencia que dio la razón a un aspirante a ingresar en la Guardia Civil la publicó el pasado 29 de julio el Tribunal Superior de Justicia Aragón. La Sala de lo Contencioso censuró que el entrevistador no fuera un psicólogo del instituto armado. “Se trata probablemente de un guardia civil de la escala básica que no ha ejercido nunca su profesión como psicólogo y menos aún como psicólogo especializado en selección de personal y que por lo tanto, presumiblemente, no cuenta con la menor experiencia profesional en la materia”, zanjó la resolución, que también criticó que el informe sobre la entrevista personal lo firmara un capitán que no participó en la prueba.

“Al no existir un soporte audiovisual de la misma y haberse practicado en un formato único e irreproducible, difícilmente podría haber aportado dato alguno sobre la misma ni sobre la aptitud psicológica del demandante”, añadió el fallo, que argumentó de este modo que solo había una manera de ver la entrevista, en directo y estando presente en la misma. El alto tribunal aragonés reprochó que, cuando los examinadores dijeron que el opositor “no es sincero” o tiene una “historia de abandono o alta rotación laboral” como excusa para rechazarlo, están vulnerando “el derecho que la Constitución reconoce a todos los ciudadanos a encauzar su vida académica y mejorar sus expectativas formativas y laborales, “sobre todo en cuanto al ingreso en la administración”, donde los evaluadores deben “ajustarse a los principios de mérito y capacidad”.

“Una persona que lleva cuatro años preparando una oposición y presentándose a la misma en tres ocasiones demuestra una motivación clara en la vida que no es otra que la de superar la oposición para acceder a la escala de cabos y guardias”, incide la sentencia para contrarrestar otro de los argumentos emitidos por los examinadores, que sostenían que el aspirante no contaba con suficiente motivación para entrar en el cuerpo. La sala llama la atención asimismo sobre que el recurrente superara la oposición -incluida la entrevista personal- en la siguiente oposición. “Resulta cuanto menos chocante que de una convocatoria a otra se le excluya y resulte apto en la misma prueba que pretende estudiar la adecuación psicológica del aspirante para el acceso”, sostiene la resolución, que considera que esta paradoja “da una idea de la arbitrariedad del resultado”.

En el ámbito de la Policía Nacional han sido ya varias las sentencias que han echado para atrás resoluciones administrativas que rechazaban a aspirantes a ingresar en el cuerpo porque no superaban la subjetiva prueba de la entrevista. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid publicó el pasado verano cuatro sentencias dirigidas a la que ya empieza a conocerse como la línea de flotación de los procesos de ascenso de la corporación. Cuatro mandos del instituto armado recurrieron a la justicia a través del Sindicato Profesional de la Policía (SPP) la decisión de la Dirección General de suspenderles por no superar la entrevista y el alto tribunal les dio la razón en bloque.

Las cuatro resoluciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo, con similar argumentación jurídica, fueron tan contundentes que, a juicio del SPP, pusieron en duda el sistema de ascensos que impera en el cuerpo, que es el que determina quién sube de categoría profesional y quién no con base en dos pruebas, un test psicotécnico y la mencionada conversación personal. Algunos de los cuatro que suspendieron la entrevista habían obtenido un 4,8 en el test psicotécnico, donde la nota de corte se había fijado en un tres.