Legal Today: La entrevista en las oposiciones de ingreso a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado
21 de Junio de 2019
Desde hace unos años, los procesos selectivos para el ingreso en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyen además de lo tradicional, esto es, pruebas de conocimientos, exámenes médicos, pruebas físicas y psicotécnicas, una prueba que es la entrevista, normalmente al final o casi al final del proceso selectivo, que se ha convertido en la barrera casi insalvable para muchos opositores que habiendo superado las anteriores pruebas, llegan a la entrevista y caen en picado al no superar la entrevista que tienen que pasar.
Carlos Delgado Cañizares,
Abogado especialista en Derecho Militar.
Miembro de Unión Jurídica
www.unionjuridica.es
Mientras que el resto de pruebas de que consta la oposición, son pruebas objetivas, y fácilmente cuantificables, la entrevista, sin embargo, aunque con vocación de ser lo más objetiva posible, sin embargo, son todo lo contrario, no hay manera de cuantificar objetivamente si un opositor es apto o no en dicha entrevista, dependiendo de criterios que con vocación de objetividad sin embargo son totalmente subjetivos y dependientes del psicólogo que la realiza conforme a unos parámetros ya marcados de ante mano en la convocatoria.
Esta prueba como decimos, no se utiliza solo para el ingreso sino también para el cambio de escala, asi en la Guardia Civil se utiliza para el ingreso, pero también para promocionar a Cabo, a Sargento y a teniente de la Guardia Civil.
En la Policía de igual forma se utiliza para el ingreso, para subinspector y para inspectores y de igual forma en el resto de policías locales.
En este sentido, de momento se están salvando los opositores para acceder a las Fuerzas Armadas como soldados y a las distintas academias tanto de oficiales como de suboficiales.
Esta subjetividad, como decimos está provocando una gran litigiosidad por cuanto que el opositor en la mayor parte de las veces y después de haber superado el grueso de la oposición y que considera más importante, esto es, la prueba de conocimientos, las pruebas físicas y el examen médico, la entrevista es algo subjetivo que puede dar al traste todo un año o el tiempo invertido en la preparación tanto física como intelectual a fin de superar las pruebas, no digamos cuando es el profesional de la Guardia Civil que después de unos pocos o muchos años de Guardia, decide presentarse a la oposición a fin de promocionar e intentar llegar a lo más alto, y le dicen que no es apto en la entrevista por falta de valores institucionales, o falta de liderazgo, o que no es empático con el ciudadano, etc.
Llegados a este punto cuando este opositor, que con gran esfuerzo y dedicación y tras haber superado el grueso de la oposición, le dicen sin más explicación que no es apto en la entrevista, se desencadena una reacción inmediata que finalmente suele desembocar en la presentación de un recurso de alzada contra dicha decisión, recurso cuyas posibilidades de prosperar son prácticamente nulas, puesto que apenas hay tiempo material de aportar siquiera un informe psicológico cuando menos que pudiera rebatir la decisión de los psicólogos de la Guardia Civil o Policía Nacional, etc., pues el interés el opositor es conseguir una resolución favorable lo antes posible y continuar con el proceso selectivo hasta su finalización en los plazos exigidos por la convocatoria.
La Resolución del recurso de alzada interpuesto, en casi un 100 % como decimos, está abocado al fracaso, pero que sin embargo no hay que desdeñarlo puesto que ya en el mismo se perfila y encarrila el posterior recurso contencioso administrativo que será el paso siguiente tras la desestimación del Recurso de Alzada.
Interpuesto el recurso contencioso, la forma y la manera de encarar este tipo de procedimientos es mediante un informe pericial psicológico que contrarreste el informe y resultado que la Guardia Civil o Policía Nacional, por ejemplo, ha dictaminado y que ha provocado el no apto en la entrevista.
Pues bien, hay dos formas de encarar este asunto. O bien, se aporta con la demanda en el momento procesal oportuno un informe pericial psicológico de parte o por el contrario se le solicita al tribunal en la demanda que en el periodo de prueba se insacule un psicólogo especialista en psicología clínica que perite al recurrente en relación a aquellos aspectos que son verdaderamente el origen del no apto, esto es, por ejemplo, la falta de valores institucionales, debiéndose centrarse el perito en ese aspecto principalmente y no en un análisis general del recurrente.
En los casos en los que el peritaje no es favorable para el peritado, es claro y evidente que el juicio se ha perdido, pero cuando el peritaje es bueno o muy bueno, eso no quiere decir que el juicio esté ganado, sino que las posibilidades que en un principio teníamos, se han incrementado considerablemente, pero la Sala al final tiene que decidir con que peritaje se queda, si con el resultado obtenido por la administración o el resultado obtenido por el psicólogo insaculado por el tribunal.
En estos casos, tenemos sentencias de todos los colores, desde las que finalmente se decantan por el peritaje insaculado y al revés, a pesar de ese informe pericial muy positivo, se decantan finalmente por el resultado facilitado por al Guardia Civil y sus psicólogos frente al perito insaculado de parte.
Si finalmente la Sala, se decanta por el informe favorable para el actor, se estima el pleito y comienza la segunda parte, esto es, los efectos de la sentencia.
Si la prueba de la entrevista, era la última del proceso selectivo, la consecuencia inmediata será la incorporación como alumno en el siguiente curso académico al cuerpo que ha opositado, finalizado dicho curso, los efectos siguientes son el escalafonamiento en el lugar que le hubiera correspondido de haber ingresado cuando le correspondía y por ende los atrasos económicos de las retribuciones no percibidas. Esto último suscita una nueva controversia, entre los que consideran que tienen todo el derecho del mundo a cobrar lo que debían de haber cobrado desde que debieron de haber ingresado, y los que consideran que no deberían de cobrar dichos atrasos, pues no han ejercido las funciones, de Guardia, Sargento o de Teniente, por ejemplo, con lo que la lucha continua, desde una posición más benigna, pero continua.
Si la prueba de la entrevista, no era la última, la consecuencia es inmediata, en el siguiente proceso selectivo que se produzca, y teniendo la entrevista aprobada o siendo apto en la misma, continua con la siguiente prueba, que suele ser un reconocimiento médico, pero en este caso ya no nos podemos plantear una vez finalizado el periodo de formación, los atrasos y escalafonamiento, lo que a todas luces es una injusticia y una maniobra de la administración para sacar del tráfico habitual a los que favorecidos por el fallo aún les queda pasar otra prueba y por tanto aprobarán o no la oposición si la superan.
La entrevista ha venido para quedarse y la administración está muy interesada en que sea una prueba de las más importantes del proceso selectivo y para evitar que puedan incorporarse a la función publica personas que no encajen en la organización, pero el sistema utilizado y la forma, en mi opinión no es el adecuado. Una medida que posibilitaría el que la prueba fuera más objetiva es que se grabara dicha entrevista lo que permitiría un mayor control por parte de los órganos de selección en primer lugar y la comprobación judicial a posteriori si es objeto de controversia.