La justicia da la razón a un opositor de la policía nacional expulsado en la entrevista por “percibir cuantías económicas en concepto de subsidio de desempleo”

La justicia da la razón a un opositor de la policía nacional expulsado en la entrevista por “percibir cuantías económicas en concepto de subsidio de desempleo”

octubre 10, 2020 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 1072/2018
Nº de Resolución: 958/2020

Factores afectados: Motivación y rasgos de personalidad

Promoción 34
La abogacía del estado trata de escudarse en la habitual “discrecionalidad técnica”, y en que las bases de la convocatoria no les exigen valorar todos los factores de la entrevista. (Lo cual es falso según el punto 6.1.3 de las bases de la convocatoria)

Bases de la convocatoria
Parte 1 del informe técnico:
Recordemos que otras sentencias ya han explicado a la DFP que los conocimientos deben evaluarse en la “Prueba de conocimientos”
Parte 2 del informe técnico:

La policía se fija en la trayectoria académica, personal, laboral etc.
Aspectos que de evaluarse deberían evaluarse en una fase de concurso.
Parte 3 del informe técnico.
Apreciaciones subjetivas del tribunal de nuevo
Parte 4 del informe técnico:
Los miembros del tribunal señalan la edad del aspirante.
Y consideran “notable” que el opositor ha cobrado subsidios de desempleo. Uno de los derechos mas básicos de cualquier trabajador.
Parte 5 del informe técnico.
Algunos de los argumentos del opositor, y totalmente acertados
La administración tampoco aporta los resultados del test de personalidad
Como ya hemos señalado en anteriores artículos, la jurisprudencia exige al tribunal examinador unos requisitos “mínimos” para poder escudarse en la “discrecionalidad técnica”
La entrevista debe efectuarse tras la realización de un test de personalidad y biodata, y lógicamente a partir de los resultados de dicho test.
La entrevista no es una prueba autónoma. Es una prueba de contraste con respecto a las pruebas previas.
El juez señala que el informe técnico esta valorado subjetivamente, ademas se centra en cuestiones personales ajenas a una evaluación psicológica.
Carece de toda lógica, es desproporcionado y negativo evaluar que un opositor haya cobrado el desempleo, o no haya trabajado en trabajos relacionados con la seguridad.
No existe valoración de cada uno de los 6 factores que se debían evaluar, tampoco se sabe la razón de que el opositor sacara 40 puntos…
Únicamente se recogen algunas preguntas y respuestas como excusa para defender sus valoraciones subjetivas…