La Justicia da la razón a un joven descartado en las pruebas a Policía por una osteosintesis
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Carlos sufrió una fractura de peroné en 2011. Fue operado. Con éxito. Corre, salta y hasta realiza deporte extremo sin que su pierna derecha le recuerde la vieja lesión. Si no fuera por la cicatriz de diez centímetros que le acompañará de por vida nadie se percataría de que en el pasado tuvo que hacer un alto en el camino. En abril de 2016 decidió presentarse al examen de acceso al Cuerpo Nacional de Policía. Gracias a su buena forma superó, sin dificultad, la prueba de actitud física. También la de conocimientos y ortografía. Carlos ya se veía dentro de la Escuela Nacional de Policía. Pero en la tercera prueba se le declaró no apto. No superó el reconocimiento médico.
El tribunal lo excluyó del proceso selectivo al apreciar «material de osteosíntesis m.i. derecha (fx peroné)», basándose en la Orden del Ministerio del Interior de 1988 que apunta como motivo de exclusión las «alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con le desempeño del puesto de trabajo». Ni siquiera fue explorado. Se le descartó porque en el pasado había sufrido una lesión.
En marzo de 2017 Carlos volvió a ser intervenido. Esta vez para que se le retirara la placa que se le había colocado seis años atrás. ¿El motivo? Nada que ver con la dolencia, sólo que había decidido presentarse de nuevo a las pruebas de acceso al Cuerpo Nacional de Policía. Y no quería volver a pasar por lo mismo. Sin material de osteosíntesis en el tobillo derecho, sin secuelas del pasado, entendía, partía en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes. Y esta vez sí fue declarado apto en el reconocimiento médico.
El caso de Carlos acaba de ser sentenciado en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que entiende que el joven tendría que haber sido admitido en 2016. En la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, el tribunal presidido por María Jesús Muriel dice que el demandante «no está afectado por ninguna de las causas de exclusión establecidas». Y es más, aparte de la anulación de declaración de no apto en 2016, la Justicia le ha devuelto un año de vida laboral. Será escalafonado «en el puesto que le hubiera correspondido en la promoción saliente de la convocatoria en la que ha participado, con la misma antigüedad y resto de efectos económicos y administrativos que los obtenidos por quienes superaron esta convocatoria». Ante esta sentencia, en la que el tribunal revoca la resolución de la Policía, aún cabe recurso al Supremo (Sala de lo Contencioso).
Su caso no es único. En las pruebas de acceso del Ministerio del Interior para Guardia Civil o Policía Nacional es más que habitual que se eche para atrás a aspirantes que, aun habiendo superado la prueba física, como le ocurrió a Carlos, por el mero hecho de sufrir un mínimo problema físico o haber sido intervenido quirúrgicamente, sin tener en cuenta en realidad si la persona es o no apta para el desempeño de sus funciones.
Según el abogado del aspirante recurrente, Antonio Suárez-Valdés, «son cientos las personas que todos los años sufren este tipo de situaciones en concursos de acceso a cuerpos policiales», por lo que anima a quienes se encuentren en esta situación a «defender sus derechos constitucionales ante los tribunales y a no aquietarse a este tipo de injusticias».