La guerra eterna de 80 opositores a la Policía: “Nos trampean hasta las sentencias”

La guerra eterna de 80 opositores a la Policía: “Nos trampean hasta las sentencias”

marzo 24, 2021 Desactivado Por Anonimo
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SEGUNDA TANDA DE ASPIRANTES EN LA QUE OCURRE

https://www.elconfidencial.com/espana/2021-03-23/la-guerra-eterna-de-80-opositores-a-la-policia

El Tribunal Superior de Justicia les permitió seguir con los exámenes de acceso tres años después, pero la Dirección General les equipara ahora con la nueva promoción en curso: exámenes más complejos para las mismas notas de corte

El periplo de estos 80 aspirantes a ingresar en la Policía Nacional parece interminable. Tras recibir el pasado noviembre el espaldarazo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que obligó a la Dirección General a devolverles a un proceso de oposición del que habían sido expulsados cuatro años antes, se encuentran ahora con que —a su entender— la División de Formación de la Policía no cumple las órdenes judiciales. La Sección Séptima de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal madrileño determinó el 6 de noviembre de 2020 que la Dirección General debía dar por buena la prueba de la entrevista en la que todos ellos habían sido rechazados el 18 de abril de 2017. La decisión judicial conllevaba automáticamente que todos ellos pasaban a la siguiente fase del proceso, la última, la que se centraban en la realización de una serie de test psicotécnicos.

La sala ordenó además que los opositores hicieran el examen como si formaran parte de la promoción de la que habían expulsado, con una prueba de similares características y la nota de corte que imperó en aquel momento, el de la convocatoria 34 de acceso a la Policía Nacional, que se situó en un 7,38, una calificación que daba cuenta de lo fácil que había sido aquel ejercicio. “Entendemos que la puntuación de referencia a superar ha de ser la exigida en Ia prueba de que se trata en el proceso selectivo convocado por Resolución de 18 de Abril de 2017 y ello, en nuestra opinión, porque es ese proceso selectivo de concurrencia competitiva al que vienen referidas las actuaciones, y es con los opositores en el mismo, con la concreta puntuación que les fue exigida en dicho proceso, con quien competían”, argumentó el tribunal, que estableció que los 80 se unieran al proceso selectivo de la convocatoria de oposiciones 37, la que se está celebrando estos días, para no tener que hacerles una organización paralela.

“La necesidad de realizar los test psicotécnicos correspondientes es consecuencia del pronunciamiento anulatorio a que se ha llegado en esta sentencia, considerando la Sección que realizar los mismos test y junto con y al mismo tiempo que los que realicen los aspirantes-opositores del proceso selectivo inmediato que se esté llevando a cabo o se lleve a cabo tras la fecha de esta sentencia es (…) una forma de garantizar, en la medida en que ello es posible, que los tests a realizar presenten similares parámetros y criterios de evaluación y formulación que los seguidos en la convocatoria a la que concuffió la hoy actora, y que sean valorados los mismos de una forma análoga”, añadió la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en los próximos días recibirá decenas de incidentes de ejecución de sentencia de otros tantos opositores de la promoción 34 que consideran que la Dirección General no cumplió la resolución de la sala.

El pasado 6 de marzo los 80 aspirantes afectados se unieron a la prueba que en paralelo estaban haciendo los candidatos de la oposición en curso, la 37, con el fin de cumplir con el criterio de oportunidad apuntado por el tribunal, pero cuál fue su sorpresa que se encontraron con un examen mucho más difícil que el que hicieron sus compañeros de convocatoria cuatro años antes, cuando el 96% de los aspirantes superaron los psicotécnicos y la viabilidad del ejercicio situó la nota de corte en un 7,38. Esta mayor dificultad de la actual prueba deja a la práctica totalidad de los opositores afectados fuera del camino a convertirse en policías, cuando con mucha probabilidad —según consideran— todos ellos habrían accedido si formaran parte de la promoción 37, extremo que no podrá ser confirmado hasta que el próximo junio salga la nota de corte de esta última convocatoria, que entienden que será sustancialmente inferior a la de 2017.

Si la referencia es la nota de corte de la convocatoria 34, la dificultad del examen también debería ser la de aquella promoción, defienden los aspirantes, que consideran que así lo refleja la sentencia y que por eso preparan ya una batería de incidentes de ejecución ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El letrado Joaquín Bachrani, que representa a casi la mitad de los opositores afectados, asegura que los escritos ante la sala “demostrarán pericialmente a través de una comparativa de exámenes que el psicotécnico que hicieron en la promoción 34, en la que aprobó la inmensa mayoría de opositores, fue extremadamente más fácil que el que se ha hecho ahora”. “Al alterar ahora la dificultad y reducir el tiempo para hacer los ejercicios, se invertirá la estadística, ya que la nota de corte será más baja y previsiblemente más del 96% de los opositores suspenderán”, pronostica el abogado, que sostiene que la División de Formación, responsable de organizar las oposiciones, “no puede vincular el proceso de la convocatoria 37 con el de la 34”.

“Han hecho el mismo examen que los de la promoción en curso, pero sus compañeros no tuvieron la misma nota de corte ni hicieron los mismos psicotécnicos; no pueden tener en cuenta la nota de corte de entonces y hacer un examen mucho más difícil como el de ahora”, ahonda el letrado, que considera que “no tiene sentido” que ahora vayan a suspender a los 80. “Los chavales no han aspirado a ese 7,38 de corte en las mismas condiciones que sus compañeros de la convocatoria 34 y eso no es cumplir la sentencia“, defiende Bachrani. “Los aspirantes no quieren que les regalen nada, pero tampoco que les trampeen”, añade. “Una administración que tiene que velar por el cumplimiento de las resoluciones judiciales, porque también es garante, altera, sin embargo, las reglas del juego para que solo pasen un número ínfimo de casos”, resume el abogado.

El caso de los 80 opositores recuerda al que tuvo lugar apenas dos años antes de que se celebraran las oposiciones de la convocatoria 34. El 29 de abril de 2015, la División de Formación expulsó del proceso a 28 aspirantes, que recurrieron su suspenso ante el Tribunal Superior de Justicia, que les dio la razón y obligó a que se les repitiera el ejercicio con los de otra promoción que en ese momento estaba en curso. El examen fue notablemente más difícil, como ha ocurrido ahora, lo que provocó que todos reclamaran el incidente de ejecución. La sala les dio la razón a los 28 y lanzó una dura reprimenda contra la administración. El auto que ordenó cumplir correctamente con la sentencia original argumentó que la División de Fromación había elaborado una prueba que formalmente aparentaba cumplir la resolución, pero que realmente no lo hacía.

El auto recordó que la sentencia, similar a la que ahora afecta a los 80 opositores mencionados, estableció que la División de Formación debía “realizarle nuevos test psicotécnicos con los mismos parámetros y criterios seguidos en la que convocatoria” de origen, extremo que a su juicio no tuvo lugar, dado que había mucha diferencia entre los aprobados en la convocatoria natural y los que se unieron ‘a posteriori’. “Ninguno de los 28 opositores superó la prueba frente a los 1.374 de 1.449 aspirantes que sí lo hicieron en el ejercicio ordinario; nos encontramos ante una situación de un 0% de aprobaos frente a un 94% de la primera tanda”, destacó la sala, que negó que esto obedeciera a casualidad alguna y que concluyó que “las pruebas propuestas en la convocatoria de ejecución de sentencias (…) eran de una complejidad notable, muy superior a la que presentaban los ejercicios propuestos en convocatoria ordinaria, y no acordes para el acceso a la categoría a la que aspiraban los opositores evaluados”.

“La actuación sujeta a revisión, en definitiva, si bien procedió formal y aparentemente a la ejecución de la sentencia dictada, materialmente, mediante la propuesta de unos test psicotécnicos de una complejidad máxima, absolutamente inadecuados en consideración al nivel exigido en la convocatoria para el acceso a la categoría de que se trataba, lo que en realidad hizo es proponer unas pruebas psicotécnicas finalísticamente dirigidas a complicar sobremanera, por no decir impedir, la superación de las mismas por parte de quienes habían obtenido un pronunciamiento jurisdiccional favorable que declaraba su derecho a la realización de aquella prueba ‘con los mismos parámetros y criterios seguidos en la convocatoria’ de origen”, resumió la sala, que acusó a la administración de incurrir en una “desviación de poder” que no pretendía cumplir la sentencia en los términos ordenados por el tribunal.