Expulsión de un aspirante a la Guardia Civil por “diferencias ideologicas” y en base a “juicios” y “apreciaciones” subjetivas

enero 29, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 175/2017 Nº de Resolución: 258/2018

En este caso, el juez decide que solo se tomen consideracion los informes emitidos durante la entrevista, dejando de lado los informes que se realizan meses despues, y que en una prueba como la entrevista que no se graba demuestra una gran “memoria” de los entrevistadores

 

Estos son los motivos por los que el opositor resulta “no apto”

(Jurisprudencia habitual)

Tal y como los entrevistadores ponen un su informe tecnico, se expulsa al opositor por sus ideas

Lo cual no puede ocurrir ya que se violaria el articulo 16 de la CE

El entrevistador no se corta un pelo, son capaces de valorar la puntuacion que el opositor ha sacado en la oposicion. (A pesar de que compitiendo con decenas de miles de opositores, este opositor logro sacarse su Plaza en igualdad de condiciones que los demas)

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Se recuerda que los “conocimientos de la institucion” se deben evaluar en la prueba TEORICA, no en la entrevista

El juez “Echa en falta un soporte objetivo y debidamente justificado” del “no apto”.

Unicamente constan juicios subjetivos por parte de los entrevistadores

“Contraste”

Esta ultima frase es para enmarcar:

“La esencia de un proceso de evaluacion consiste, precisamente, en tratar de medir aquel de la forma mas OBJETIVA posible, mediante pruebas destinadas a mensurarlo y reducirlo a magnitudes precisas. El juicio de valor consignado por los evaluados no excede de una apreciacion subjetiva”

 

N de Recurso 175.2017 reso 258.2018