El Juez da la razón a un opositor expulsado por llevar una osteosintesis en el peroné

El Juez da la razón a un opositor expulsado por llevar una osteosintesis en el peroné

septiembre 16, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 872/2017 Nº de Resolución: 655/2019

Convocatoria de 2016
Esto es lo que alega la administración para suspender al opositor.

Pero el punto que ellos alegan dice así:
4.3.1 Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

Es decir, no vale solo que el opositor tenga la osteosintesis, ademas debe producirle limitaciones

El informe que aporta el opositor demuestra que su osteosintesis no le implica NINGUNA limitación

Ademas el opositor se sometió poco después de ser expulsado a otra operación para extraerse la osteosintesis (En la siguiente convocatoria aprobaría) Muestra de que buena parte de los expulsados por el 4.3.1 lo han sido irregularmente, ya que únicamente se toma en consideración si existe la osteosintesis, y no las limitaciones que exige el punto 4.3.1
Es mas, podría optar a las unidades operativas mas exigentes como
Al año siguiente el opositor aprobó el reconocimiento medico tras quitarse la osteosintesis
“Los asesores médicos del tribunal calificador consideran la causa de exclusión en base a la sola presencia de material de osteosintesis, sin referencia alguna a su posible efecto limitador”.

Es decir, expulsan a los opositores en base al articulo 4.3.1 arriba mencionado que en ningún momento menciona que las osteosintesis de por si solas son causa de exclusión
“Se corrobora el hecho de que el El tribunal Calificador se pronunció atendiendo exclusivamente a la existencia del material de osteosintesis por la circunstancia de haber declarado al demandante apto al año siguiente (Cuando había tenido que recurrir otra vez al quirófano para que le quitaran la osteosintesis)

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Es el segundo tirón de orejas de este estilo que leo en una sentencia. Y creo que es para enmarcar