Nº de Recurso 1785/2015 Nº de Resolución 1189/2016. Incluso aunque pierdas el contencioso, tienes recursos para apelar contra la desestimacion de tu contencioso. Y en ocasiones estos recursos prosperan
Mencionar antes de nada, que este opositor se presentaba por las plazas de colegio. Es decir, ya había pasado anteriormente la entrevista
En este caso, viene bastante mas detallado que en otras sentencias, y se explican algunos “motivos concretos” por los que se suspendió al opositor
Se hace en varias ocasiones referencia a su “baja” nota en psicotecnicos, pese a que esta bastante por encima de la media
Se debe tener mucho cuidado con expresiones. Mención especial a que se te suspenda por haberle dicho a tu madre que querías ser guardia civil por “argumentos infantiles”
Estas son las “razones” del suspenso.
Estas dos ultimas, son muy interesantes, ya que explican como funciona el “apto” o “no apto” en la entrevista. No te suspenden los entrevistadores. Sino todo el tribunal (A posteriori de la entrevista) en función de lo que hayan puesto los entrevistadores en el borrador. Cualquier anotación en el papel del entrevistador supone un “fallo” ya que no se toman apuntes “positivos”
Jurisprudencia (aunque ya derogada)
También señalo este punto de la argumentación del opositor, aunque según la sentencia, los 3 entrevistadores eran licenciados en psicología, que es lo que pide en la orden. No se si quizás no lo haya entendido bien
De nuevo un juez sentencia que las entrevistas se basan en “juicios subjetivos” y que no constan los criterios seguidos para evaluar al opositor
Lo que la administración debe aportarte