La Guardia Urbana expulsa a un opositor en base a juicios subjetivos

febrero 12, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Esta sentencia es bastante relevante para opositores a Guardia Civil, ya que las bases de la convocatoria de guardia urbana (en lo referente a la entrevista) guarda gran parecido con las bases de la convocatoria de la guardia civil

Nº de Recurso: 168/2016 Nº de Resolución: 181/2017

Se trata de un opositor que busca ascender en la guardia urbana

Las bases de la convocatoria determinan que la entrevista servirá para “contrastar” los elementos explorados anteriormente (Test de personalidad, psicotecnicos y biodata)

En este caso el opositor fue suspenso por la “falta” de los valores de “comunicación ” y “liderazgo”

(Jurisprudencia interesante)

De nuevo una sentencia judicial reconoce que el “apto” o “no apto” en la entrevista depende de los juicios “Subjetivos” de los entrevistadores, en un examen en el que no constan los “criterios” para evaluar dicha prueba

En este caso si tienen en cuenta los psicotecnicos, aunque en el informe técnico no se haga referencia a ellos

Para que los entrevistadores “motiven” las razones del suspenso (necesario para “justificar” el “no apto” por parte de los entrevistadores, y que la sentencia sea desestimatoria), debe existir el CONTRASTE de los resultados de las anteriores pruebas (psicos, biodata y test de personalidad) de no existir dicho contraste, la prueba se considerar una prueba autónoma, inclumpliendo las bases de la convocatoria

Las “referencias” a los test de personalidad, psicos y biodata deben ser “constantes”

La prueba pericial aportada por el recurrente es útil para demostrar que no tiene ninguna patología que le impida ser “no apto” para este ascenso

En el expediente no constan como evaluados todos los factores que deben evaluarse (No únicamente los que “motivan” el “no apto”, deben aparecer todos)

Se deben evaluar los siguientes factores: biografía personal, competencias, rasgos de personalidad, motivación y comunicación.

En el caso del opositor solo consta la valoración de uno de ellos (El del “no apto”)

lo que se evalúa en el factor “motivación”. En realidad son una serie de “conocimientos”

Estos “conocimientos” debe demostrarse a partir de la prueba teórica, NO en la entrevista

El “informe” NO contiene la “debida asignación individualizada” de CADA UNO de los factores que se deben evaluar. Factores que precisan TODOS ELLOS, la correspondiente valoración.

Es decir, NO únicamente los que te supongan el “No apto”

En la entrevista DEBE poder contrastarse las valoraciones con los test de personalidad, biodata y psicotecnicos.

 

Si no se “individualiza” cada uno de los factores, la entrevista tiene “falta de motivación”

El tribunal esta OBLIGADO a especificar CADA UNO de los factores a evaluar, así como la puntuación que se asigna a cada uno de ellos, ademas de ofrecer los CRITERIOS utilizados para efectuar tal valoración.

En este caso, la prueba no se ha “limitado” al contraste de resultados