Nueva sentencia estimatoria de un opositor a la policia nacional por su suspenso en la entrevista

febrero 11, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Factor afectado: Comunicación

nº de recurso 1232/2016 nº de resolucion 730/2018

 

Antes de nada, recordar como es habitual, que la entrevista debe hacerse A PARTIR del biodata y del test de personalidad se hace la entrevista, tal y como dice las bases de la convocatoria

Se suspende al opositor por el subfactor “expresión oral” del factor comunicación. Sin embargo se le achacará un hecho en el informe técnico que no puede ser evaluado negativamente por ser una “expresión oral”

En concreto, pasar rápido a la entrevista, no dar la mano, y sentarse ANTES que el miembro del tribunal

Esta es la única pregunta que consta en el informe. ¿Donde le gustaría trabajar?

No consta su respuesta

No consta documentos donde se recojan las puntuaciones del aspirante, ni biodata ni test de personalidad ni su evaluación, ni ningún otro elemento probatoria que justifique el “no apto” del opositor

Que hayas aprobado anteriormente la entrevista no implica que la vayas a aprobar cuando tengas otros examinadores.

Se vuelve a señalar que la entrevista debe hacerse A PARTIR del test de personalidad y biodata.

Nuevamente el juez señala las bases de la convocatoria, y repite que la entrevista debe hacerse A PARTIR de los resultados obtenidos en el biodata y test de personalidad

Y por enésima vez se vuelve a señalar que la entrevista debe hacerse A PARTIR de las pruebas de personalidad y biodata.

 

La única documentación que la dirección general de la policía aporta es el “informe técnico de evaluación”

 

Únicamente consta una pregunta, no consta ninguna respuesta, tampoco grabación, lo cual según el juez no impiden las bases,  y faltan los criterios para valorar cada uno de los factores a evaluar

Se deben evaluar TODOS los factores que se evalúan, aunque por regla general únicamente se están aportando datos de aquellos por los que se suspende

No se aporta ni el test de personalidad ni el biodata

Se vuelve a señalar por enésima vez, y demostrando el hartazgo del juez, que debe señalar constantemente a los entrevistadores las bases de la convocatoria, que la entrevista se debe efectuar A PARTIR de los test de personalidad.

Test que no se aportan al juicio

Como viene siendo habitual, el opositor termina presentando informes MUCHO mas exhaustivos que los que presenta la policía nacional

El informe que utiliza la dirección general de la policía para “justificar” el suspenso del opositor es “parco, genérico y escasamente motivado”