La policía nacional expulsa a un opositor por contar un chiste

febrero 25, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 1222/2016 Nº de Resolución: 761/2018

Factor afectado: Comunicación

Como viene siendo habitual, recordemos las bases, que posiblemente ya sepamos mejor que los entrevistadores. La entrevista debe hacerse A PARTIR del biodata, test de personalidad etc. y se deben EXAMINAR TODOS los factores descritos. (Únicamente se evalúan los que “motivan el no apto”)
En este caso se hace referencia al tiempo que duro la entrevista. dato imprescindible, ya que lógicamente a mayor tiempo de duración mayor posibilidad de cometer un error.
En este caso los entrevistadores mencionan que esta prohibida la grabación de la entrevista. Ojala algún entrevistador nos explique en base a que norma pueden prohibir estas grabaciones, ya que según la jurisprudencia, las bases de la convocatoria son la
“ley del concurso “. Y estas no lo prohiben. Posiblemente no quieran que les pillen mintiendo en el informe tecnico
Esta sentencia demuestra que efectivamente la prueba es un “paripe” en el que los entrevistadores “eligen al candidato mas adecuado” según palabras de los entrevistadores en sentencias anteriores. Y la “adecuación” no se decide únicamente en base a las pruebas de la oposición. También en los méritos previos a opositar. Como haber sido chófer de “X” persona
Se menciona el motivo REAL de su suspenso
Finalmente se le expulsa por la “excesiva familiaridad”. Pese a que todo el informe versa sobre la falta de “AUTO CONTROL” del opositor por su pelea, (que según el fue en defensa propia) finalmente se le expulsa por contar un par de chistes “excesiva familiaridad”
Como viene siendo habitual, la dirección general de la policía nacional no aporta ningún documento
Como viene siendo habitual, el juez le recuerda a los entrevistadores las bases de la convocatoria. La entrevista debe hacerse A PARTIR de los test de personalidad, biodata etc
Aquí creo que se produce una errata en la sentencia. Numerosas veces en la sentencia se menciona que el aspirante saco 56 puntos
jurisprudencia
El juez de nuevo menciona que la entrevista se hace como “contraste” a los test de personalidad, biodata etc previos
Se deben valorar TODOS los factores, no solo de los que se detraen puntos
No existe ningún dato que permita dilucidar porque se suspendió al opositor
nuevamente se menciona que la entrevista debe hacerse A PARTIR de los test de personalidad previos
Como viene siendo habitual el opositor es quien acaba aportando datos mas exhaustivos que las que proporciona el tribunal entrevistador