La Justicia da la razón a una opositora que reclamo por la diferencia de dificultad entre los exámenes de la mañana y tarde del SESCAM

La Justicia da la razón a una opositora que reclamo por la diferencia de dificultad entre los exámenes de la mañana y tarde del SESCAM

agosto 10, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 280/2011 Nº de Resolución: 213/2015

Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Albacete

Referida a esta noticia

Subo esta sentencia, que pese a ser de un Auxiliar Administrativo para el servicio de salud de Castilla-la mancha, considero interesante, tanto para aquellos opositores que se planteen reclamar la disparidad de dificultad en los exámenes de Guardia Civil, como para aquellos aptos por recurso que sean victimas de encerronas en la prueba de la entrevista (recursos médicos) y psicotecnicos (recursos de la entrevista)

En este caso, se trata de una oposición de auxiliar administrativo para el SESCAM
Se señala que por la mañana tan solo aprobaron el 28% de los opositores, frente al 72% que aprobaron por la tarde
Esta administración también trata de escudarse en la discrecionalidad técnica
La prueba mas concluyente sobre la diferencia de dificultad es la diferencia de aprobados en un examen y otro
El juez analiza todas las variables que podría dar lugar a que haya tanta diferencia de aprobados entre la mañana y la tarde 1/2

El juez analiza todas las variables que podría dar lugar a que haya tanta diferencia de aprobados entre la mañana y la tarde 2/2
Y llega a la conclusión de que existe esta proporción por la dificultad del examen
Para este juez, que un examen sea mas difícil que otro, incurre en “arbitrariedad”, lo cual es anticonstitucional, ademas de violar los principios de igualdad para el acceso a la función publica
“La superación de las pruebas no puede hacerse depender de la suerte en el llamamiento”
En este caso, la justicia no anula y obliga a realizar de nuevo el examen, escoge la opción menos “lesiva” para los intereses de todos y pondera la nota de la aspirante que ha reclamado.
“Seria deshonroso para la seriedad de unas pruebas selectivas que el éxito que se persigue dependiese de una especia de juego de lotería”.
Creo que también podría y debería aplicarse a las entrevistas.

La Administración no quedo conforme, e interpuso un recurso de casación

Nº de Recurso: 1740/2015 Nº de Resolución: 1225/2016 Procedimiento: RECURSO CASACIÓN

Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid

1) Estos son algunos de los argumentos que uso la administración para reclamar
No se han practicado pruebas que determinen la diferencia de dificultad
2) Escudarse en la discrecionalidad técnica, y decirle al juez que no lo supervisar
3) Echar en cara a la justicia el haber elegido la “opción menos lesiva” (Pese a que lo justo seria repetir los exámenes. Algo que ocasionaría problemas a mucha gente dado que la sentencia ha salido en 2016 y la oposición fue en 2009)
4)Alegar que en las bases dice que no pueden aprobar mas aspirantes que plazas
Se analiza el primer caso, el juez determina que el argumento de la administración no procede
“La estadística no miente”
Los puntos 2 y 3 tampoco proceden.
En cuanto al punto 4, el juez destaca que aunque las bases digan que no pueden aprobar mas candidatos que las plazas ofertadas, si la situación ha sido ajena a los participantes y es provocada por la administración, los aspirantes no puede ser perjudicados por esa norma