La guardia civil expulsa a un opositor en la entrevista en base a juicios subjetivos

febrero 9, 2019 Desactivado Por Anonimo
Ayudanos compartiendo esta sentencia, cuantos mas seamos, mas presión podremos hacer para mejorar la transparencia de esta prueba

Nº de Recurso: 59/2016 Nº de Resolución: 76/2018

Esta sentencia es bastante interesante, se trata de un guardia civil que trata de ascender a suboficial. Y dice bastante cosas que pueden ser útiles para futuros contenciosos

 

A este opositor se le elimina por “falta de liderazgo” y “falta de valores institucionales” mas adelante veremos una paradoja.

Estos dos argumentos del opositor pueden ser interesantes. En primer lugar, alguien que no sea facultativo no debería tener potestad para firmar los informes psicológicos.

Ademas, si no consta la firma en los informes, no debería tener validez. (Atentos aquellos a los que no les conste firma en los informes)

Otro punto muy interesante. Los psicólogos que te evalúan deberían ser de la rama especializada en selección de personal (esto es psicología industrial) en este caso parece que no es así. Y no me extrañaría nada que la mayoría de psicólogos entrevistadores no tengan esta especialidad

La falta de valores institucionales ya fueron valorados en su momento cuando ingreso en el cuerpo. Y como veremos mas adelante, el día anterior en la entrevista grupal también tenia la máxima puntuación

Como viene siendo habitual, el abogado del estado se intenta “lavar las manos” con la “discrecionalidad técnica”

 

También considero interesante esta parte de la convocatoria. La prueba esta destinada a “contrastar” y “ampliar” los resultados de los test de personalidad. Los que hemos accedido a la “visualización” de pantalla, hemos visto que no se “contrasta” los test de personalidad, sino que es una prueba “independiente”

 

Muy importante: Tal y como ponen las bases, el informe psicológico debe explicitar la formación y las competencias de los intervientes en dicha entrevista.

Para aquellos que accedáis a estos documentos, tened en cuenta que en caso de no aparecer estas explicaciones, se esta vulnerando las bases de la convocatoria

Atendiéndonos a este caso, no consta ni el acta de la entrevista celebrada el 24-25 de junio de 2015 ni el de la junta de revisión del día siguiente, ni el CONTRASTE de resultados del dialogo, de test o las preguntas, ni la documentación generada en la entrevista. No se sabe de donde se “extrae el no apto”. Únicamente aparece como documentación un informe escrito varios meses después (20 de octubre, menuda memoria la de los entrevistadores) . Los criterios para expulsar a este opositor no aparecen de forma clara en ninguna memoria o manual del entrevistador.

 

 

La guardia civil argumenta que se han tenido en cuenta diferentes indicadores, eso a pesar de no aportar ninguna documentación que lo justifique

 

En dicho informe creado meses después, no se valora apenas el primer informe de los psicólogos (No aportado al juicio dios sabrá porque) y ni tan siquiera menciona el segundo de los informes (La junta de revisión)

 

Como es lógico, el juez sentencia que no se puede justificar el suspenso con un informe realizado varios meses después a la entrevista

La paradoja de la falta de liderazgo. En la entrevista grupal del día anterior, el opositor tiene la máxima puntuación, mientras que al día siguiente, tiene una falta de liderazgo que le implica suspender.

Como viene siendo habitual, el juez sentencia que se expulsa al opositor en base a “juicios subjetivos”.

No constan los criterios para evaluar al aspirante